El presente decreto entrará en vigor a partir del día de hoy 20 de octubre de 2022, y estará vigente hasta el 28 de febrero de 2023.
Se crea el Padrón de Importadores de Productos de la Canasta Básica, a cargo del SAT, mismo que estará integrado por los importadores que este inscriba.
Establece las mercancías identificadas por fracción arancelaria que ingresen al territorio nacional mediante el régimen aduanero de importación definitiva por una “Empresa Importadora de Productos de la Canasta Básica” que están exentas del pago de arancel de importación.
Previo al despacho aduanero, en la importación definitiva de las mercancías señaladas, la “Empresa Importadora de Productos de la Canasta Básica” podrá acreditar ante el SAT el cumplimiento de las RRNA correspondientes mediante escrito libre.
El SAT emitirá las reglas de carácter general, y la ANAM las reglas de operación, necesarias para la debida y correcta aplicación del decreto en mención.
Consulta el Decreto en la Circular G-0412/2022, en la base de datos de CAAAREM.
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